La nueva ley del deporte

Breve reflexión sobre la conexión del deporte con la salud pública y su necesaria plasmación en la ley

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LAURA SALAMERO TEIXIDÓ

Se avecina la aprobación de una nueva Ley del Deporte; esta era la intención del anterior ejecutivo y parece que también la del actual. ¿Es necesaria una nueva norma? El sentir general es el de que la reforma es necesaria. La Ley de 1990 se ha visto modificada en diversas ocasiones y parte de su articulado ha sido derogado. Además, desde su aprobación, el mundo deportivo ha sufrido muchos cambios a los que la vieja ley le cuesta dar repuesta. Piénsese en la aparición de nuevas modalidades deportivas, los retos que supone la incorporación de las nuevas tecnologías en el deporte -incluso como modalidad deportiva (e-sports)-, la incorporación de la perspectiva de género, la creciente profesionalización de algunos deportes, etc.

Asumida pues la necesidad de aprobar una nueva norma, no puede dejar de mentarse la dificultad de la tarea. De un lado, porque el complejo reparto competencial sobre el deporte -materia transversal allí donde las haya- dificulta sobremanera la tarea del legislador estatal. Del otro, porque el deporte es una realidad poliédrica. El deporte es, de un lado, actividad espontánea, lúdica, social o «cultural», como al califica la actual ley en el art. 1.2; el deporte puede ser también actividad económica y profesional, en ocasiones, de gran relevancia; el deporte es también un fenómeno alrededor del cual se ha articulado una fuerte y compleja actividad asociativa mediante clubs, federaciones, ligas, etc.

Así, vista la necesidad de la reforma y su complejidad, ¿hacia dónde debe ir la nueva ley? Algunos de los principales debates sobre el tema giran sobre la necesidad de mantener el actual sistema con una fuerte intervención pública en la ordenación del deporte o, por el contrario, la Administración debe retirarse. En lo formal, se discute si debe mantenerse la regulación en una única norma de alcance general, o debe aprobarse un paquete de leyes que se especialicen en aspectos concretos.

Con estas breves líneas solo pretendo acercarme a uno de los aspectos de fondo que considero que la nueva regulación debe incorporar: la estrecha y necesaria vinculación entre el deporte y la salud pública.

Desde hace ya tiempo sabemos, a ciencia cierta, acerca del impacto que los hábitos de vida tienen en nuestra salud. En el muy citado Informe Lalonde de 1974, ya se decía con firmeza que, de los distintos determinantes de la salud, los hábitos de vida son los más determinantes -si se me permite la redundancia- de todos. Ni el sistema sanitario al que tenemos acceso, ni las condiciones de vida, ni nuestra predisposición biológica importan tanto como el modo en el que vivimos y, en este sentido, es crucial el deporte o, si los más puristas lo prefieren, la actividad física.

Ya en el texto de nuestra Constitución la inevitable conexión entre el deporte y la salud pública es clara. Es precisamente el artículo 43, que consagra el derecho a la salud, el que recoge el mandato de los poderes públicos de fomentar la educación física y el deporte. La conexión pues entre deporte y salud pública es tan evidente que no puedo dejar de preguntarme por qué, luego, ni la Ley del Deporte ni la Ley General de Salud Pública, se hicieron eco de ello. ¿Por qué la Ley del deporte solo lo califica como actividad cultural -derecho que la CE recoge en el art. 44, no el 43- y la materia se adscribe al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte? ¿Por qué no al de Sanidad y Deporte? ¿Por qué la LGSP solo menciona de forma explícita la actividad física en su preámbulo?

Creo que la nueva ley del deporte debería tener en cuenta la relevancia de la actividad física para con la salud pública. De hecho, con ello atendería a una realidad indiscutible, pues son muchos más los que practican deporte al margen de federaciones y competiciones oficiales, que aquellos profesionalizados o asociados. No pretendo hacerle creer al lector que una ley o un precepto legal son una barita mágica capaz de transformar al instante la realidad, pero sí estoy convencida de que las normas, si buenas, son un instrumento capaz de operar como pilar del cambio.

Así pues, que la nueva norma tenga en cuenta esta dimensión y conexión del deporte con la salud es, a mi entender, imperativo para responder al mandato constitucional de tutela de la salud y de la salud pública.