La relocalización alimentaria: vector en la transición ecológica del derecho agroalimentario

Seminario de Derecho Administrativo

Información del evento
Lugar:
Facultad de Derecho - Seminario Derecho Administrativo
Dirección:

C/ de Jaume II, 73, 25001 Lleida
Campus de Cappont - 2ª planta

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El jueves, 24 de marzo, a las 16h tendrá lugar el tercer seminario del semestre.
Contaremos con la ponencia de Marta J. Muñoz Gómez, doctoranda del Área de Derecho Administrativo de la UdL.

La ponencia se titula La relocalización alimentaria: vector en la transición ecológica del Derecho agroalimentario

Lugar de encuentro: Seminario de Derecho Administrativo. 2ª planta de la Facultat de Derecho. Campus de Cappont.

 

RELATO DEL SEMINARIO:

‘’Hay que valorizar la concienciación de la sociedad civil y la demanda de una sociedad más ecológica y preocupada por medio ambiente”. Los últimos informes afirman que el sistema alimentario actual no es sostenible, y en este entorno, el derecho aparece como un instrumento fundamental para construir sistemas alimentarios más sostenibles.

La necesidad de un cambio ha conllevado la aparición del concepto de relocalización alimentaria que, de acuerdo a la RAE, puede definirse como “la acción de volver a construir sistemas alimentarios más locales, más reducidos en el espacio físico”. Ésta se utiliza como un vector en la transición ecológica porque integra un parámetro como la proximidad, que sirve como cimiento fundamental para otros como la estacionalidad de los cultivos y los métodos agrícolas y ganaderos ecológicos.

Cabe destacar que un sistema alimentario es la forma en que el ser humano se organiza en espacio y tiempo para obtener y consumir alimentos. Los historiadores han contabilizado cuatro, y desde finales del siglo XX nos encontramos en el último de ellos, que se preocupa más por la sostenibilidad y relocalización ambiental. Es ahora cuando surge la pregunta de si estamos yendo hacia un quinto sistema alimentario: el sistema local o territorial, que la doctrina francesa define como “conjunto de actores interdependientes coordinados por una gobernanza local y ubicados en un espacio geográfico regional con la finalidad de satisfacer necesidades alimentarias y cuyo valor es la sostenibilidad”.

La positivización de la política alimentaria territorial (PAT) en el sistema francés tuvo lugar mediante la promulgación de la Ley 2014/1770, relativa al futuro de la agricultura, alimentación y bosques, que en su art. 111 contempló los PAT. Éstos gozan de gran importancia gracias a la financiación que les atribuye el Gobierno, así como por las profundas modificaciones que han tenido lugar en la misma Ley. 

De la lectura general del artículo se desprende que es un instrumento jurídico voluntario, pero una disposición con rango legal establecía que el Estado francés debía asegurarse de que existiera al menos un PAT por departamento para 2023. Entonces, cabría preguntarse ahora cuál es el alcance de estos programas, si son instrumentos de soft law, etc.

En conclusión, todavía quedan muchas preguntas por responder acerca de ellos y muchos problemas pendientes de resolver. Sin embargo, resulta palpable que la primera aproximación a ellos parece esperanzadora, pues van desde la producción al consumo, tratando de conseguir un sistema alimentario sostenible.

Redactado por: Iris Segarra y Jordi Cañadas (estudiantes del Grado en Derecho de la UdL).